
El Gobierno de España, conforme viene siendo habitual, avanza mediante una comunicación pública con rueda de prensa, previa a la publicación oficial de la correspondiente orden, los pasos a dar en las medidas para el desescalado a partir del día 2 de mayo de 2020.
En una comparecencia pública que se retrasó a lo largo de la mañana y que por fin se produjo pasados unos minutos de las seis de la tarde, Salvador Illa, Ministro de Sanidad, desgranó de forma escueta y sintética las principales medidas que el Gobierno va a publicar en el Boletín Oficial de Estado y que entrarán en vigor el próximo sábado 2 de Mayo.
Cada cual debe asumir la responsabilidad que le toca
Salvador Illa. Ministro de Sanidad
Las medidas previstas se refieren a la movilidad asociada a las fases de desescalada que el Presidente del Gobierno adelantó esta semana y que deben estar apoyadas por una nueva prórroga del estado de alarma cuando expire, el 10 de mayo, la que está en vigor.
El anuncio de Illa se ha sustentado sobre tres grandes principios, sobre los cuales el ministro ha insistido una y otra vez: “No hay manual de instrucciones ni hoja de ruta para la desescalada”, “el aislamiento ha funcionado y debe seguir aplicándose” y que “cada cual debe asumir la responsabilidad que le toca”

Actividad física y deporte no profesional
Sobre esta medida de relajo del aislamiento, el ministro ha señalado que deberá realizarse siempre de forma individual, una vez al día y siempre dentro de los límites del propio término municipal de residencia.
Esta actividad podrá realizarse en dos franjas horarias, similares a las de los paseos. La primera de 06:00 a 10:00 y la segunda de 20:00 a 23:00
Paseos diarios
Se añaden nuevas posibilidades a los paseos diarios que ya podía realizarla población infantil junto a un adulto. Ahora, a estos paseos de los niños se añaden los paseos junto a una persona conviviente siempre que no exceda el kilómetro de distancia desde el domicilio y no se realice más de una vez al día. También incluye la nueva medida, en los paseos como en la actividad deportiva, a los mayores de 14 años que en la anterior orden habían quedado fuera del ámbito regulatorio.
Los paseos se realizarán en dos franjas horarias diferentes. Los paseos con un conviviente y el deporte podrán realizarse entre las 06:00 y las 10:00 de la mañana o entre las 20:00 y las 23:00 de la tarde-noche.
No hay manual de instrucciones ni hoja de ruta para la desescalada
Salvador Illa. Ministro de Sanidad
Paseos de población infantil menor de 14 años
Los niños menores de 14 años podrán seguir saliendo a pasear conforme a lo indicado en la orden en vigor, acompañados de un adulto o cuidador. Estos paseos deberán ajustarse a un único tramo horario entre las 12:00 y las 19:00
Excepción a los paseos diarios
Para los paseos diarios, se establece una excepción que es la de los mayores de 70 años y dependientes que tendrán reservadas dos franjas horarias de las 10:00 a las 12:00 por la mañana y de 19:00 a 20:00 por la tarde para disfrutar de su paseo, en el caso de ser dependientes, acompañados de un cuidador.
Actividades no laborales de recolección agrícola y ganadera
Esta medida afecta tanto a los huertos como a los animales domésticos destinados al autoconsumo. Estas actividades se podrán realizar en el mismo término municipal o en un término municipal adyacente al de la residencia del propietario. Tan sólo los huertos de autoconsumo y las pequeñas cabañas ganaderas de autoconsumo podrán atenderse aún cuando se encuentren en otros municipios, siempre dentro de la misma provincia.
En todos los casos han de conservarse las medidas de higiene y distanciamiento interpersonal que ya se señalaron en la anterior orden. Esta deberá ser de 1’5 a 2 metros entre cada persona y acompañarse de forma recomendable del uso de guantes y mascarillas faciales. También debe seguir extremándose la higiene de manos.
Excepción especial de tramos horarios
De forma general se establece una norma específica para los municipios de menos de 5000 habitantes, donde los paseos y la realización de ejercicio se entenderá sujeto a lo señalado pero sin tener que ajustarse a tramos horarios. Estas actividades , en esos municipios, en los que habita cerca del 12% de la población de España, podrán realizarse entre las 06:00 y las 23:00.
Queda por último preguntarse si, sin haberlo anunciado claramente, esta nueva ordenación temporal del confinamiento viene a marcar una suerte de toque de queda especial no publicado, dado que, en principio, los paseos no podrán realizarse en la franja horaria que va de las 23:00 de la noche a las 06:00 de la mañana.
El aislamiento ha funcionado y debe seguir aplicándose
Salvador Illa. Ministro de Sanidad
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